Ayudas a la contratación DE BILBAO EKINTZA, E.P.E.L.

Entidades Beneficiarias:

Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada , con centro de trabajo y actividad económica en el ámbito territorial del municipio de Bilbao .

Condiciones:

–        La duración mínima de los contratos será de tres meses pudiendo formalizarse mediante cualquier modalidad de contratación con excepción del contrato para la formación y el aprendizaje, así como de interinidad y relevo.

–        Los contratos podrán ser de jornada completa o tiempo parcial, teniendo en cuenta que estos últimos deberán ser de un mínimo del 50% de jornada y una duración mínima de 6 meses.

Para tener la consideración de subvencionables, las contrataciones deberán suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 3 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione.

Plazo abierto hasta el 2 de mayo de 2018

Cuantía de la ayuda:

a) Ayuda máxima de 3.000,00 € por cada contrato de trabajo a jornada completa de 3 meses de duración. La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75% de los costes salariales y de Seguridad Social de la persona contratada, incluidas las indemnizaciones de fin de contrato, y la cuota de Seguridad Social con cargo a la empresa.

b) Ayuda máxima de 6.000,00 € por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses. La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75% de los costes salariales y de Seguridad Social de la persona contratada, incluidas las indemnizaciones de fin de contrato, y la cuota de Seguridad Social con cargo a la empresa.

c) Ayuda máxima de 9.000,00 € por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses en el supuesto de contratación de personas pertenecientes a los colectivos de:

–        Perceptores/as titulares de RGI.

–        Personas menores de 35 años que accedan a su primer empleo.

–        Personas desempleadas de larga duración. Se entiende por personas desempleadas de larga duración aquellas inscritas como demandantes de empleo en Lanbide – Servicio Vasco de Empleo durante los 18 meses inmediatamente anteriores a la contratación, siempre que en ese periodo hayan estado en situación de desempleo al menos 12 meses.

–        Personas mayores de 55 años.

En este tipo de ayuda, la cuantía final no podrá superar el 100% de los costes salariales y de Seguridad Social de la persona contratada.

Plazo:

Desde el 24 de noviembre de 2017 al 2 de mayo de 2018

Esta información en un resumen. Para mayor grado de detalle consulte la normativa íntegra o pida opinión a su asesor.

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